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La Sunat no podrá multar la primera infracción que cometan las mypes

FUERZA POPULAR CONSIDERA QUE LAS MULTAS SE VOLVIERON UNA FORMA DE RECAUDACIÓN

La Sunat no podrá multar la primera infracción que cometan las mypes

La ley aprobada por el pleno del Congreso de la República, precisa que cuando una micro o pequeña empresa incurra en infracción tributaria por primera vez, deberá ser capacitada. 

Uno de los principales cuestionamientos de las micro y pequeñas empresas (mypes) al trabajo de la Superintendencia de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), es que suele ser implacable con los errores que come-ten este tipo de compañías y terminan multándolas.
Esta situación podría comenzar a cambiar, ya que el Congreso de la República aprobó una ley que impide que la Sunat multe la primera infracción que cometan las mypes y que en lugar de tener una actitud punitiva, se priorice la capacitación, que la norma denomina “alertas educativas”. 
“El gran problema de in-cumplimiento de las normas no nace por una inten-cionalidad por parte del emprendedor, sino que funda-mentalmente radica en el desconocimiento de la norma”, explicó el congresista, Miguel Torres,  autor de la norma.

Es así que si una mype incurre en una primera infracción, podrá sustituir el decomiso de su mercadería, la multa, cierre de local u otra acción sancionadora, por una capacitación en la que se explique cuáles son las normas que tiene que cumplir para que no vuelva a incurrir en la misma falta la siguiente vez.

Tratos diferentes
La norma precisa un trato distinto de este beneficio tan-to para la micro y pequeña empresa. 
En el caso de microempresas, que son aquellas que tienen ventas anuales de hasta 150 unidades impositivas tributarias (UIT), recibirán capacitación la primera vez que incurran en infracción de cada una de las seis faltas previstas en el Código Tributario. 
Es decir, podrían recibir seis capacitaciones diferentes por cada una de las infracciones que son por incumplir  inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción; emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos; llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos; presentar declaraciones y comunicaciones; permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma u otras obligaciones tributarias. 
En cambio, las pequeñas empresas solo tendrán derecho a una capacitación, qué será a la del tipo de infracción que cometa por primera vez, de las seis mencionadas. 
Costo
Según Torres, para muchos fiscalizadores de la Sunat, “las multas se volvieron una forma de recaudación”. Es por ello que con la aplicación de esta ley, las mypes podrían dejar de pagar cerca de S/ 500 millones al año, que fue lo registrado en el 2015 (ver gráfico).




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“Regímenes RUS y RER para las mypes no han servido mayormente para nada”

ENTREVISTA Pedro Olaechea, ministro de la Producción




“Regímenes RUS y RER para las mypes no han servido mayormente para nada”

El Produce conversa con los notarios para que la constitución de empresas pueda hacerse en 48 horas y tener un costo de entre S/ 70 y S/ 100, como parte del programa Tu Empresa.




“Estamos poniendo orden”, dice el ministro de la Pro-ducción, Pedro Olaechea, antes de empezar la entre-vista con Gestión. La imple-mentación del programa Tu Empresa para mejorar la ca-pacidad de las micro y pe-queñas empresas es uno de los temas prioritarios. 

Se lanzó el programa Tu Em-presa, ¿en qué consiste?Son cuatro ejes: digitaliza-ción, formalización, posibi-lidades de financiamiento y acompañamiento o asesora-miento con universidades. 

¿Dónde se podrán obtener es-tos beneficios?
En los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE) y lo que estamos viendo es una plata-forma que va a ser como una franquicia de estos, para po-der acceder a distintos sitios del país. La CCL está intere-sada, podríamos estar con-versando con gobiernos re-gionales, las municipalida-des, porque es una manera de muy rápidamente llegar y articular con la gente. 

¿Todo en un solo lugar? 
Si eres una empresa textil que está en San Juan de Luri-gancho, podrías ir a la muni-cipalidad del distrito y allí tener todos los servicios del ministerio, que pueda pos-tular a todas las líneas crédito que le interesa, pedir su kit digital que hoy en día son plataformas de negocio y manejarse de una manera virtual. 
¿Qué implica el kit digital? Implica que se van a poner en contacto con, por ejemplo, 1,500 empresas, otras pequeñas empresas que les interese el servicio que se está ofreciendo. 
¿Cómo intervienen las notarías? Para la constitución de em-presas, que tiene un compo-nente legal y la fe pública en estos casos es importante. Lo que queremos hacer es bajar los riesgos para que el notario dé fe de que lo que está recibiendo es real y es la verdad, para la certificación de la hoja de nacimiento de la empresa. 
¿Cuál será el costo para la cons-titución de empresas?
Si los riesgos son bajos, con documentos filtrados que re-cibirán los notarios de las entidades franquiciadas, el costo es menor. La constitu-ción de una empresa en 48 horas debería costar entre S/ 70 y S/ 100, con libros contables y todo. El objetivo de Tu Empresa no es ahorrar costos, es generar más ven-tas, es ver cómo convertimos a las pymes para que tengan mejores resultados. 
¿Cómo va Compras MyPerú? Lo estamos empaquetando para regresar a ver los nú-cleos ejecutores. Se quiere centralizar todos los pedidos. Hay interés del Minagri, Mininter, Minedu con el pro-grama de buzos escolares, es-tamos trabajando un progra-ma piloto junto con el área de investigación textil del Senati para hacer prendas con tec-nología tradicional y de cali-dad para que puedan ser dis-tribuidas en las zonas de hela-das que en estos días han sido las más afectadas del año. 
¿Cuál es el monto para este año? Todavía no se tiene definido porque ya venía ejecutándo-se; entonces, con base en el presupuesto esperamos pre-sentar un programa más or-gánico y que de ahora en adelante ya debemos estar listos para ejecutar Compras MyPerú.
¿Cuándo debería comenzar? Cuando me pongan los pedi-dos y eso no depende de mí, sino de los otros ministerios. 
El jefe de la Sunat planteó que se elimine el RUS, ¿está de acuerdo? 
Creo que el RUS y el RER no han servido mayormente para nada, no han tenido mayor crecimiento y lo digo desde el punto de vista de las cifras que siempre se han manejado, incluso cuando era presidente de la SNI, el RUS y el RER han sido al final del día muy marginales y los beneficios que trae en el fon-do tampoco son nada espec-taculares. Yo creo más bien en un sistema tributario más razonable como el que esta-mos armando hoy día y dan-do acceso realmente a recur-sos y alternativas que se sir-va a la pequeña empresa. 
¿Están armando un nuevo sis-tema? 
No. Hablo del IGV Justo, hay ciertos cambios que se están dando que permiten que se acomoden el plazo de pago a las condiciones de cobranza. Ahora vamos a sacar el “Mul-tifinance”, que si el Estado le compra a una pyme inme-diatamente pueda descon-tar la factura del Estado, co-mo si fuera un factoring. Hay una serie de ventajas más por el orden que generar si-tuaciones de costos que a ve-ces no son significativas, porque se ha demostrado que el RUS y el RER no están yendo a ningún lado. 
¿Hay medidas específicas para dinamizar la industria? 
En este momento todavía no. La primera ministra tie-ne un plan de acción, espera-mos nosotros que en la pre-sentación allí se verán los li-neamientos, no me voy a adelantar. 
¿Cuánto se espera de creci-miento para la industria? 
En conjunto que sea de 1.2% para este año y se revertiría la caída de los tres últimos años.

Avance. Olaechea dice que Tu Empresa no busca reducir costos, sino que las pymes mejoren sus ventas.



“En el año 2018, se generalizará el uso de los comprobantes electrónicos”

ENTREVISTA   Víctor Shiguiyama, superintendente de la Sunat


“En el año 2018, se generalizará el uso de los comprobantes electrónicos”

El jefe de la Sunat, Víctor Shiguiyama, adelantó un conjunto de acciones para mejorar la recaudación, an-te la Comisión de Presupues-to del Congreso. Al finalizar, conversó en exclusiva con Gestión sobre sus detalles.

¿Cómo se debe repensar el sis-tema tributario?
El modelo tributario tiene más de 20 años de vigencia, y se creó cuando la presión tributaria era de  4% del PBI, hoy el Perú es un país distinto.

¿Sería una revisión del Código Tributario?
Antes que en el Código Tri-butario tenemos que pensar cómo haremos para que cumplir con las obligaciones sea sencillo y, como decía, cuando un pequeño empre-sario empieza se enfrenta a un árbol de decisiones muy complejo, a partir del cual empieza la informalidad.
En concreto...
Estamos pensando que debemos hacer que las decisiones sean más sencillas.

¿Qué implica esta decisión?
Tener un modelo único, en el que las obligaciones tributarias sean muy simples, al inicio, y progresiva mente se vayan volviendo más importantes.
¿Incentivos?
Eso implicaría, por ejemplo, pensar que el IGV podría ser utilizado para facilitar el cumplimiento de obligaciones laborales. O, por otro la-do, que, en algún momento, tanto personas naturales como jurídicas encuentren un valor en tener una boleta o factura. 

¿Cuál es el incentivo de pedir boleta?
Desde este año, para las personas naturales, existe una de-ducción adicional de 3 UIT del Impuesto a la Renta (IR), para personas naturales, en gastos de vivienda y otros…Pero es poco. Pensamos que debería ser más general y amplio.

¿Se deben incluir los gastos en educación?
Probablemente.

¿Qué otros gastos deberían ser deducibles para el pago del IR?
Si queremos pensar que sea simple debería ser universal,

y ese es el concepto que de-beríamos trabajar. Ahora ese es un cambio importante, pero ya deberíamos pensar en hacerlo.

Hace 20 años se tenían muchos tributos y se cambió a tres: impuesto, contribución y tasa. 

¿Es una revolución similar?
Reducir más impuestos es imposible. Pero la tecnología hace posible muchos mecanismos que antes no eran viables. Por ejemplo, los comprobantes de pagos electrónicos podrían facilitar la liquidación casi automática de los tributos para una persona natural y una empresa pequeña. 

¿Los cambios se harán en el 2018 para su uso obligatorio? 
Sí, se generalizará el uso del comprobante electrónico, pero el trabajo de una cuenta única  del contribuyente (sobre la base de su DNI electrónico) está en proceso.  A través de  esos cambios y procesos modernizados en la Sunat, será factible entrar a una discusión de un nuevo modelo tributario.
De otro lado, existen varias empresas obligadas a emitir facturas electrónicas desde este año. 

¿Eso se podría combinar con el uso de un DNI electrónico?
 Así es. Se pueden combinar los sistemas, y a partir de esa información, la Sunat podrá generar una liquidación casi automática de los tributos, en los casos de micro y pequeñas  empresas, ya que en el caso de las gran-des empresas la discusión será diferente.

Sobre las exoneraciones tributarias, en el caso de la selva, ¿hay espacio para reducirlas?
Las exoneraciones tienen que revisarse, porque no están dando los resultados que se esperan. Basta ver el desarrollo de la selva. Con los años de vigencia de esas exoneraciones el nivel de desarrollo no se ha alcanzado; lo cual se esperaba.

Por otro lado, está el caso de la región de San Martín, que eliminó las exoneraciones en su jurisdicción pero con la condición de que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) utilice lo recaudado en su presupuesto. Así es, este es un caso interesante a mirar. Las exoneraciones generan distorsiones.

¿Esta propuesta se va a plan-tear al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)?
El MEF también tiene esa preocupación. Es un tema complicado pero hay que discutirlo, y el foro es el Congreso.


El jefe de la Sunat también aseguró que se revisarán las exoneraciones tributarias en la selva, ya que no han probado alcanzar los objetivos trazados.

“En un año ( 2019 ), la Sunat recibirá y explotará más información que en 25 años de existencia, con la masificación de comprobantes de pago y libros”.



EN CORTO
Código Tributario. El jefe de la Sunat reveló que el Ministerio de Economía y Finanzas evaluaba la viabilidad de una norma general antielusiva del Código Tributario, para hacer posible que el fisco determine una elusión atendiendo al comporta-miento del contribuyente.

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Hoy vence plazo de multas laborales rebajadas hasta en 35%

Ministerio alistaría norma para prórroga


El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicarán el tope a las multas por infracciones hasta el 35% del monto total solo hasta el día de hoy, ya que venció el plazo de esta medida. 

Durante tres años, las multas por infracciones laborales, como no pagar puntualmente la remuneración, beneficios laborales, no entregar boletas, no realizar controles médicos cada dos años a los trabajadores, no llevar registros de accidentes de trabajo, entre otras, aplicaban multas reducidas, y se privilegiaba el rol orientador de la inspección. 

Sin embargo, desde mañana la máxima infracción que podría recibir una empresa en el régimen general pasaría de S/ 141,750 a S/ 405,000; y la más leve de S/ 708.75 a S/ 2,025. No obstante, Gestión supo que el MTPE viene trabajando un proyecto normativo que se publicaría el jueves, con el cual se ampliaría la vigencia de la reducción de multas por infracciones laborales.



Efecto perverso

Brian Ávalos, asociado del estudio Payet, opinó que la Autoridad de Trabajo debería mantener la reducción al 35% de la multa o establecer un nuevo esquema que coincida con la finalidad de la inspección de trabajo, que es orientar a los administrados antes que imponer multas. 

Agregó que imponer sanciones al 100% de la multa (incluso para microempresas para las que la multa muy grave es S/ 6,075.00 y para medianas empresas, donde la multa muy grave es S/ 68,850.00) va a generar que muchas de estas empresas eviten la formalización para no ser fiscalizadas.

 
Plan de formalización La Sunafil anunció que de julio a octubre realizará 2,300 inspecciones en formalización laboral, 700 de las cuales son en temas de seguridad y salud en el trabajo. Y respecto a su rol orientador, en el mismo periodo, 2,510 orientaciones para la formalización laboral y 1,100 en seguridad y salud en el trabajo, solo en Lima Metropolitana.

Fuente: Diario Gestión 

Sunat detectó a 570 mil contribuyentes que no quieren pagar impuestos

Plan de formalización 2017

De 1.9 millones de contribuyentes con rentas de 3ra. categoría del Impuesto a la Renta, el 70% de ellos está dispuesto a hacer lo correcto y cumplir con el pago de sus impuestos, señaló la Sunat. Miguel Alonso Juape Pinto

La Sunat informó que dentro de su plan de formalización 2017 detectó al menos 570 mil contribuyentes perceptores de rentas de 3ra. categoría del Impuesto a la Renta (empresa o persona con negocio) o gravados con el IGV, que no quieren cumplir con el pago de impuestos.

Detalló que de un total de 1.9 millones de contribuyentes, 70% está dispuesto a hacer lo correcto o intenta cumplir con sus impuestos, pero no siempre puede (ver gráfico 1). Sin embargo, un 30% no está inscrito en el RUC, o lo tiene de baja, o vende y no declara sus ingresos, o crea empresas para usar facturas falsas, entre otros, y no quiere cumplir o ha decidido no cumplir con sus obligaciones tributarias. El incumplimiento de este sector se detectó cruzando información del fisco y con información reportada por las notarías, entidades financieras (por el ITF), Reniec y la información del domicilio, el uso de celulares -cargas automáticas-, cable y otros. Así, el fisco anunció que ya detectó a 11 mil contribuyentes que reiteraron incumplimientos tributarios como no entregar comprobantes de pago, entre otros; en los distintos 42 segmentos informales revisados a nivel nacional, y podrían ser sancionados en las acciones de control que se realizarán el 14 y 29 de agosto de este año. Cabe indicar que durante el primer semestre se realizaron 131 mil intervenciones de control, dijo Sunat. Proyecciones Sunat estimó, en el Plan de Formalización del 2017, al menos 301 mil intervenciones en total en lo que resta del año, 21 mil intervenciones de verificación de entrega de comprobantes de pago, con al menos 50% de conformidad mínima en los contribuyentes fiscalizados y 8 mil nuevos inscritos vinculados a esas fiscalizaciones. Además, indicó que en las intervenciones que se realizarán en todo el país, la Sunat priorizará la orientación a los pequeños negocios de manera previa a cualquier sanción. 


También se priorizará el control de sectores con mayores niveles de incumplimiento en el pago del IGV que suman S/ 464 millones al año. Los tres principales sectores son comercio; principalmente venta de arroz y azúcar (299 mil contribuyentes); transporte (89 mil contribuyentes) y construcción sector ferretero minorista (61 mil contribuyentes). Seguidos del sector de restaurantes y hospedajes, con 38 mil contribuyentes; agropecuario contribuyentes con renuncia a la exoneración estimados en 19 mil-, y el sector pesca, con 3 mil contribuyentes (ver gráfico 2).




Intervención Sunat intervino a 15 mil contribuyentes de los segmentos con mayor riesgo de incumplimiento, más de 9 mil mejoraron su comportamiento tributario, declarando mayores montos de ingresos e impuestos.
6 mlls. de Contribuyentes son personas Naturales Cuyos ingresos son detectados por la Sunat por realizar trabajo dependiente, independiente, alquiler de inmuebles y/o la obtención de dividendos, entre otros . IGV. La Sunat confirmó que no se llegó a la meta de recaudación neta a mayo, por lo que una de las variables para lograr la reducción del IGV anunciada para Julio no se verificó. El anuncio oficial corresponde al MEF con la medición del PBI.

Fuente: Diario Gestión 


A partir de los 50 años, el 65% de afiliados de AFP retiran sus fondos

SE ACOGEN AL RÉGIMEN DE JUBILACIÓN ANTICIPADA (REJA)


En los últimos 12 meses, jubilados retiraron S/ 7,038 millones del SPP. En próximos ocho años, más de un millón de personas se quedarían sin pensión. Dinero se estaría usando para gasto corriente. MARCO ALVA PINO

A un año de haberse introducido una medida que permite a los afiliados de AFP retirar hasta el 95.5% de sus fondos de pensiones al jubilarse, el objetivo inicial del Sistema Privado de Pensiones (SPP) se ha modificado. “El SPP se ha convertido en un sistema de ahorro para la jubilación, pero sin pensión”, afirmó Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP (AAFP). En los últimos 12 meses solo 1% de los jubilados de las AFP ha tomado una pensión, reveló Prialé. El 95% de ellos ha optado más bien por retirar el 95.5% de sus ahorros previsionales, mientras que el 4% ha elegido una combinación (retiro de menos del 95.5% de sus fondos y una pensión), añadió. 

En total, los jubilados se han llevado del SPP unos S/ 7,038 millones entre mayo del 2016 e igual mes del presente año. Prialé advirtió que las 101,728 personas que retiraron todo su fondo ya no tendrán derecho a una garantía estatal. Es decir, que si pierdan su dinero no tendrán acceso a ayuda o protección pública. Además, en caso de fallecimiento, sus familiares pierden la cobertura de Essalud. 



El 35% de ese grupo de personas que ha retirado el 95.5% de su ahorro previsional (35,604) está próximo a cumplir los 65 años, la edad de jubilación legal, según datos de la Asociación de AFP. “Pero lo que hemos descubierto es que el 65% (66,124) son personas que han optado por el Régimen de Jubilación Anticipada”, dijo Prialé. Para acceder a dicha modalidad de jubilación, conocida como REJA, la edad mínima exigida para las mujeres es 50 años, y de 55 años para los hombres. El dinero que han retirado estos jubilados, cuyas edades van de 50 a 64 años, suma hasta ahora S/ 4,300 millones. El bono demográfico, así como el nivel de desempleo que existe entre las personas de más de 50 años explican la mayor incidencia de este grupo etario por acogerse al REJA y retirar el dinero que estaba destinado a su pensión, explicó Prialé. La Asociación de AFP estimó que, de mantener se la actual tendencia, más de un millón de personas retirarían el 95.5% de su fondos de AFP entre el 2018 y el 2026. “Eso equivaldría a unos S/ 60,000 millones, es decir, alrededor del 9% del PBI actual”, dijo la titular del gremio de AFP. “Estas personas no van a tener una pensión hasta el final de su vida. Y lo que se está creando son varias generaciones de adultos mayores que van a quedar desprotegidos”, advirtió. 

Usos de fondos 
Los recursos retirados por los jubilados de las AFP están siendo destinados sobre todo a gastos de corto plazo, estimo Prialé. Por ejemplo, para prepagar deudas caras, ayudar a los hijos y para consumo corriente. La menor parte ha terminado en el sistema financiero.



“Creemos muy importante que en el SPP exista una pensión mínima, al igual que en el SNP (público). Se deben cumplir ciertos requisitos, como años de aportación, para contar con esa pensión a partir de los 65 años”.Giovanna Prialé Presidenta de la AAFP

Se destinaron S/ 127 mlls. para pagar cuota inicial de 4,494 créditos hipotecarios

A la fecha, un total de 47,786 afiliados de las AFP usaron hasta el 25% de sus fondos de pensiones para amortizar su deuda hipotecaria o para pagar la cuota inicial de su primera vivienda. El retiro total de estas personas fue de S/ 1,689 millones, según datos de la Asociación de AFP. El 91% de los afiliados (43,292) que optaron por esta medida la usaron para prepagar deuda, mientras que el 9%, unos 4,494, la utilizó para cancelar la cuota inicial del crédito hipotecario. “En montos, el 92% (S/ 1,562 millones) fue para la amortización y el 8% (S/ 127 millones) para cuota inicial”, refi rió Giovanna Prialé, presidenta del gremio de AFP. En cuanto al retiro del 25%, los afi liados que lo han solicitado tienen un promedio de 43 años de edad y, de seguir aportando, al momento de jubilarse contarían con un fondo de S/ 534,432, proyectó el gremio de AFP. “No obstante, si no hubiesen hecho uso de ese porcentaje, el fondo acumulado al jubilarse ascendería a S/ 634,822, lo que representa una diferencia de S/ 129,762 más que en el escenario anterior”, dijo Prialé.


Fuente: Diario Gestiòn

Habrá más facilidades para acceso al régimen de repatriación de capitales

En los próximos días la Sunat publicará en su portal web cinco informes vinculantes que responden a las consultas de los contribuyentes sobre lo que consideraban vacíos legales de la norma.

Desde ayer es posible acceder al régimen sustitutorio del Impuesto a la Renta (IR), a través del formulario virtual que permitirá la declaración jurada (DDJJ) para el sinceramiento de las rentas nacionales y extranjeras, con tasas reducidas de 10%, en el caso de declaración y 7%, en el caso de repatriación de capitales y reinversión por 3 meses.


Así, el fisco informó que los contribuyentes tendrán más facilidades para acceder al régimen especial o de repatriación de capitales, ya que podrán presentar declaraciones “simuladas” para verificar sus datos o con información no real, para establecer el importe a pagar en el régimen especial del IR.

Y adicionalmente, se mantendrá la posibilidad de que, una vez presentada la DDJJ virtual se rectifique hasta el 29 de diciembre del 2017, sin límite a esa fecha.
La finalidad es permitir que los contribuyentes con rentas no declaradas hasta el 31 de diciembre del 2015, regularicen su situación con la Sunat y eviten la aplicación de tasas de 30% hasta el 2014 y de 28% durante el 2015 por IR (ver tablas).

Informes vinculantes Desde la publicación del reglamento, la Sunat se reunió con grupos de interés en el acogimiento del régimen es pecial, en temas relacionados a la aplicación de la norma (vacíos legales), cuyas dudas serán absueltas a través de informes legales vinculantes (de obligatorio cumplimiento para la Sunat).

Los temas que se han tratado son el tipo de cambio que se aplicará en la declaración, transferencia de bienes por interpósita persona (testaferros), gastos que se incluyen, entre otros.

Sin RUC
El formulario virtual que permite el acogimiento al régimen especial puede ser usado por los contribuyentes, mediante el uso de la Clave Sol (para acceder al sistema
de Sunat) otorgada con el RUC.

No obstante, en las próximas dos semanas se permitirá acceder a la declaración de sinceramiento sin la necesidad de un RUC (con el DNI se permitirá obtener la Clave Sol).

Toda la información que reciba la Sunat será tratada por un equipo especial (ver para recordar), que tendrá una ubicación diferenciada de la base de datos de Sunat, y además estará encriptada.

La Sunat explicó que en tres meses se tendrá la certificación en seguridad de la información (ISO 27001), debido a que se requiere tener el sistema operativo para su validación.

Sunat no priorizará la fiscalización a emisores de facturas electrónicas

Otro de los beneficios será la posibilidad de obtener el acceso a un mejor financiamiento a través del factoring que, además, tiene la validación automática de la administración tributaria.

   El objetivo del fisco es que todas las empresas al 2020 emitan Comprobantes de Pagos electrónicos (CPE), adelantó Carlos Drago, gerente de proyectos de la Sunat.

   Así, desde el 2018 se obligará a las pequeñas y medianas empresas a entregar facturas electrónicas (83,178 emisores). Detalló que este año, en setiembre, se implementará el nuevo sistema (ver cuadro).

   Drago resaltó que un incentivo para las empresas se relaciona con la acotaciones de la Sunat, ya que “no se priorizará la fiscalización de los contribuyentes que emitan facturas electrónicas”, aseguró. Por el contrario, dijo, las fiscalizaciones se concentrarán en los contribuyentes que no emitan comprobantes virtuales.

   De otro lado, añadió, se incentivará el uso de los comprobantes electrónicos haciendo obligatorio su uso para contratar con el Estado.



   Nuevo sistema de emisión Para la masificación, la Sunat implementará un nuevo sistema de la emisión de la factura electrónica, incluyendo al Operador de Servicios Electrónicos (OSE).

Así, el OSE tendrá la función de validación del comprobante electrónico y de almacenamiento, por lo que la Sunat podrá supervisar y recibirá con un mayor análisis de riesgos en el “big data”.

Drago indicó que la Sunat tiene registrados a 57 Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE); de los cuales, diez podrían convertirse en OSE, pero en un futuro todas podrían brindar servicios integrados de PSE y OSE, consolidando el esquema.

También explicó que las empresas que emiten facturas electrónicas siempre saldrán beneficiadas por el ahorro en gastos de impresión, almacenamiento, logística de envío y otros. La emisión virtual representa un ahorro del 60% respecto de la factura física.

En el sistema actual, las microempresas envían sus facturas virtuales a través de la plataforma Sunat, o usan un software facturador desarrollado por el fisco; o a través de la contratación de una empresa PSE. 

Otros beneficios 

   El funcionario estimó que habrá una mejora en la productividad de las empresas por la optimización del proceso y sistemas de facturación. Asimismo, el cobro de la factura virtual estará integrada con medios de pago electrónico y la factura negociable electrónica (favoreciendo el financiamiento con el factoring). “Más del 90% del factoring se realiza con facturas electrónicas, y cuentan con la validación automática de la Sunat”, aseguró.

   Otro aspecto positivo, dijo, es la gestión de relaciones con el cliente a través medios electrónicos, ya que los comprobantes electrónicos permiten a los emisores publicitar ofertas, descuentos y otras medidas de fidelización y marketing.

Ticket POS

   Sobre los emisores que no emiten factura electrónica, Drago, indicó que las boletas de pago virtuales tienen la misma información que maneja el POS (de las tarjetas de débito o crédito) o el monedero electrónico, por lo que el ticket POS será un sistema de reemplazo que facilitará su masificación.







Será obligatorio tener comprobantes electrónicos para acceder a deducciones adicionales en pago de IR

Administración tributaria fija condiciones. Contribuyentes podrán consolidar electrónicamente en un archivo personalizado todos sus comprobantes.



Se estima que un millón y medio de trabajadores dependientes e independientes con ingresos de cuarta y quinta categoría podrán beneficiarse con la deducción adicional de gastos para el pago del Impuesto a la Renta si presentan comprobantes electrónicos. Con ese fin la Sunat publicará hoy una resolución que permitirá acceder a esa deducción adicional de 3 UIT. Justamente, para hacer un mejor control de los gastos de las personas naturales desde el primero de julio, la administración tributaria obligará a los nuevos contribuyentes a la utilización de comprobantes de pago electrónicos.

¿Qué pasa con los servicios del primer semestre?

Para los servicios realizados desde el 1 de enero hasta el 30 de junio del 2017, el fisco considera que los profesionales independientes deberán de realizar una declaración por cada mes que se hayan emitido recibos físicos. Si se envía más de una declaración de un mismo mes, se considera que la última enviada sustituye a la anterior. Si se envía vencido el plazo se considerará como una declaración rectificatoria. De otro lado, cuando el propietario del inmueble sea una persona natural, el pago para realizar las deducciones deberá considerar el formulario 1683, y no a través de recibos simples o declaraciones juradas.

Cuatro tipos de gastos que te sirven para deducir tu Impuesto a la Renta

La norma será aplicable para los pagos que correspondan al alquiler de inmuebles, intereses del crédito hipotecario de primera vivienda, aportaciones a Essalud por contratación de un trabajador del hogar, servicios prestados por médicos, odontólogos, abogados, analistas de sistemas y computación, enfermeras y arquitectos. Asimismo, formarán parte de la deducción adicional los gastos que se realicen por la contratación de un entrenador deportivo, fotógrafo y operador de cámara, cine y televisión, nutricionista, tecnó- logo médico, servicios veterinarios, obstetra, psicólogo, ingeniero y hasta los servicios de los intérpretes y traductores. Por ejemplo, se podrá deducir hasta el 30% de lo que paga un contribuyente por el alquiler de un inmueble y el 100% del interés bancario de un préstamo hipotecario para primera vivienda. 





Condiciones 

La norma de la administración tributaria establece que los servicios que presten profesionales, técnicos entre otros, deberán ser cancelados mediante el sistema de bancarización, sin importar el monto. También para que la operación se considere válida el emisor del comprobante de pago no deberá encontrarse de baja en el RUC ni tampoco tener condición de no habido. Otra consideración a tener en cuenta es que las empresas que presten el servicio de arrendamiento solo podrán emitir comprobantes de pago hasta el 30 de junio. La información de los servicios por honorarios profesionales emitidos de manera física se deberá enviar a través de la Sunat Operaciones en Línea (SOL) con clave y código de usuario. La Sunat desarrollará un aplicativo que permita a los contribuyentes consolidar electrónicamente a través de un archivo personalizado, todos los comprobantes que posteriormente se utilizarán para sustentar la deducción adicional del próximo año.



Fuente:Diario Gestión

Próximo 31 de Julio vencerá el plazo para bajar hasta en 90% las deudas Sunat


Las deudas originadas por el pago del Impuesto a la Renta, IGV, ISC, Impuesto Especial a la Minería, Aranceles y otros, podrán acceder al Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias (Fraes) si se generaron entre los años 2012 y setiembre del 2016; y las empresas con ingresos menores a S/ 9.08 millones.

Las deudas originadas por el pago del Impuesto a la Renta, IGV, ISC, Impuesto Especial a la Minería, Aranceles y otros, podrán acceder al Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias (Fraes) si se generaron entre los años 2012 y setiembre del 2016; y las empresas con ingresos menores a S/ 9.08 millones.

La deuda es la que se encuentra en litigio con la Sunat a través de reclamaciones, apelaciones al Tribunal Fiscal, vía judicial o en cobranza coactiva. Sin embargo, solo se podrán acoger hasta el 31 de julio del 2017.

El Fraes incluye un descuento sobre intereses y multas de la deuda de hasta 90% en montos menores a S/ 395,000; 70% para cifras de hasta S/ 7.9 Las deudas originadas por pago de Impuesto a la Renta, IGV, ISC y otros entre el 2012 y el 2016 en empresas con ingresos menores a S/ 9.08 millones podrán acceder al descuento especial. 

Las condiciones El rango del monto de la deuda con el fisco incluye a toda las cifras impugnadas y/o en cobranza coactiva. Es decir, el descuento se obtiene al cancelar el tributo insoluto y los intereses y multas no descontados. Asimismo, se suspenderá todo tipo de cobranza coactiva desde la presentación del acogimiento hasta que se resuelva la solicitud

El pago El acogimiento al Fraes permite cancelar la deuda al contado al momento de presentar la solicitud virtual en la Sunat; el acceso al bono de descuento es inmediato. En esta forma de pago existe un descuento adicional de 20% que se aplica sobre el saldo luego de aplicado el bono de descuento.


También el pago puede ser fraccionado hasta en 72 cuotas mensuales iguales, que no podrán ser menores de S/200, excepto la última cuota (que será sobre la diferencia a cancelar). La tasa de interés mensual será de 50% de la Tasa de Interés Moratorio. Las cuotas vencidas o pendientes de pago de los contribuyentes podrán ser cobradas coactivamente por Sunat (mediante órdenes de pago de cuotas), y si el contribuyente acumula tres o más cuotas vencidas se procederá a cobrar la totalidad de la deuda (a través de órdenes de pago por el saldo).

Exclusiones No se incluyen dentro del benefi cio de reducción de deudas con el fi sco las relacionadas con las aportaciones a la ONP y Essalud; la incluida en alguno de los procedimientos concursales en el Indecopi por razones de insolvencia y similares y respecto a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta realizados en el ejercicio 2016. De otro lado, no accederán al beneficio las personas naturales con sentencia condenatoria vigente por delito tributario o aduanero. Tampoco los representantes de empresas que por haber actuado en calidad de tales, tengan sentencia condenatoria vigente por delito tributario o aduanero, y las empresas que al 30 de setiembre del 2016 tengan contrato de estabilidad con el Estado. Finalmente, se excluye a las deudas de las pequeñas y medianas empresas (pymes) que superan los umbrales de ingresos (2012-2016) y que concentran los mayores montos en litigio con Sunat. 




Fuente  Gestion.pe


 

Usuarios podrán realizar trámites vía internet con 'Sunedu en línea'

Desde cualquier parte del país y el extranjero mediante la página  https://enlinea.sunedu.gob.pe. Institución presentó “Sunedu en línea” para recoger las dudas de los estudiantes, padres y profesores.

A fin de fortalecer las políticas de modernización y buen uso de tecnologías de la información en los servicios del Estado, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) presentó “Sunedu en línea”, nueva plataforma que agrupa los servicios digitales que brinda la institución a los ciudadanos.

Este sistema permitirá a los usuarios, desde cualquier computador con Internet y sin gastar en traslados a la capital, tramitar la constancia de inscripción en línea de la Sunedu, recibir la preevalución de reconocimiento de grados y títulos del extranjero, ingresar al módulo de Denuncias en línea, entre otros servicios a los cuales solo se accedía de forma presencial.

La presentación y puesta en marcha de “Sunedu en línea” contó con la presencia de la titular del Ministerio de Educación (Minedu), Marilú Martens; la directora de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (Ongei), Lieneke Schol; la superintendente de la Sunedu, Lorena Masías; el gerente general (e) del Banco de la Nación, Pietro Malfitano, y la gerente de Productos de Visanet Perú, María Eugenia Miranda.

“Con esta iniciativa buscamos facilitar los trámites al usuario. “Sunedu en línea” está al alcance de cualquier ciudadano con acceso a Internet y es fruto de la labor en conjunto de instituciones aliadas, trabajando por y para los ciudadanos. Queremos ofrecer una experiencia positiva, y esto es tan solo el principio”, remarcó la titular Lorena Masías.

El primer servicio ofrecido por la Sunedu en Internet fue la Constancia de Inscripción de grado o título en línea, en respuesta a las necesidades de los egresados que gastaban cientos de soles para viajar a Lima y obtenerlo. La labor conjunta entre de la PCM, Sunedu, Banco de la Nación y Visa Net Perú hizo posible que el trámite virtual se ofrezca al público a tan solo S/ 9.00.

En su primer mes de operaciones, este servicio generó más de 3,800 constancias de inscripción, representando 42% del total de constancias de inscripción emitidas en febrero. Y en el mes pasado se generaron más de 8,500 constancias, es decir, 58% del total de constancias emitidas, superando a las solicitadas de manera presencial.

Los servicios

La Sunedu, además de las constancias de inscripción de grados y títulos, ofrecerá la preevaluación en línea de documentos para el reconocimiento de estudios realizados en el extranjero y el acceso al Registro Nacional de Trabajos de Investigación (Renati), que alberga los trabajos realizados para optar por grados académicos y títulos profesionales. 

La nueva plataforma también permitirá que cualquier miembro de la comunidad universitaria ponga en conocimiento de la Superintendencia hechos que impliquen una infracción a lo establecido en la Ley Universitaria, mediante Denuncias en línea.

Finalmente, el sistema alberga el Registro de Infractores y Sanciones, servicio en línea que ofrecerá información de todas las universidades del Perú para que los estudiantes tomen mejores decisiones sobre su futuro académico y profesional.

Desde hoy independientes sólo deberán emitir recibos por honorarios electrónicos

Sábado, 01 de abril del 2017


Si bien desde el 2015 aplica esta obligación al prestar servicios a empresas, desde hoy también deberán emitir recibos electrónicos al prestar servicios a las personas, informó la Sunat.


Sunat Smartphone

Desde hoy 1 de abril, los trabajadores independientes que brinden servicios a personas o empresas o instituciones deberán emitir solo sus recibos por honorarios electrónicos, así lo sostiene la Sunat.

Si bien desde el 2015 aplica esta obligación al prestar servicios a empresas, desde hoy también deberán emitir recibos electrónicos al prestar servicios a las personas.

“Para emitir el recibo por honorarios electrónico, el trabajador independiente debe contar con su número de RUC vigente. El trámite es gratuito en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente, tan solo deberá exhibir su documento de identidad actualizado”, sostiene.

La emisión electrónica de los recibos por honorarios se puede hacer a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL), ingresando al portal www.sunat.gob.pe, con su Código de Usuario y Clave SOL, seleccionando la opción “Sistema de Emisión Electrónica” o desde un smartphone con el APP Sunat.

“Es importante recordar que existe la obligación de registrar el pago que le hubiesen efectuado por los servicios prestados; por otro lado, se ha eliminado la obligación de llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o electrónico, reduciendo con ello esta exigencia que debía cumplir el trabajador por la prestación de sus servicios”, señala la Sunat.

Beneficios del Recibo por Honorarios Electrónico, según la Sunat:

1) Pueden enviarse o reenviarse de forma inmediata por correo electrónico.
2) Ya no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3) Se emiten con facilidad y rapidez.
4) Facilita el control de ingresos.
5) Se emiten y consultan desde cualquier lugar, a cualquier hora del día.


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