Suspensión y reinicio de actividades por internet.

La suspensión temporal de actividades la puedes hacer hasta por 12 meses calendarios consecutivos siempre que no realices ningún acto u operación que implique la generación de ingresos gravados o no con el Impuesto a la Renta, ni la adquisición de bienes y/o servicios destinados a la realización de actividades económicas.
El plazo para que comuniques la suspensión temporal es de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de producido el hecho.
El reinicio es la comunicación de que nuevamente se está realizando operaciones, si es tu caso, debes hacerlo hasta la fecha en que se produzca dicho reinicio.
Estos trámites los puedes realizar a través de SUNAT OPERACIONES EN LINEA con la Clave Sol o de manera presencial en nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.
1.- Pagina sunat – clic en Trámites y consultas








2.- Ingrese su RUC, USUARIO y CONTRASEÑA






3.- MI RUC Y OTROS REGISTROS


4.- FORMULARIO 3128


5.- SUSPENSIÓN / REINICIO DE ACTIVIDADES




6.  SUSPENSION TEMPORAL



7. PUEDE SER ÚLTIMO COMPROBANTE EMITIDO O RECIBIDO (COMPRA O VENTA).



8.- ACEPTAR

9.- ACEPTAR

Para hacerlo de manera presencial debes cumplir con los siguientes requisitos:
Exhibir el original y presentar fotocopia:
·         Documento de identidad del titular o de su representante legal acreditado en el RUC.
·         Para el caso de suspensión temporal de actividades: el último comprobante de pago, guías de remisión, notas de crédito y/o débito emitido; o el último comprobante de pago recibido por sus adquisiciones de bienes y/o servicios.
·         En el caso de reinicio de actividades: No se requerirá presentar requisitos adicionales.
El trámite es personal, lo hace el titular o su representante legal acreditado en el RUC. También podrá ser efectuado por un tercero que deberá presentar lo siguiente:
·         Su documento de identidad original y copia.
·         Formulario 2127 firmado por el titular o por su representante legal acreditado en el RUC
·         Carta poder con firma legalizada notarialmente; en caso de no contar con el documento de identidad del titular del RUC o su representante legal.


By JRG & PPC













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