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Indecopi: Perú y EE.UU. se unen para lucha contra conductas anticompetitivas

 
Perú suscribió un convenio con la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América. A continuación les presentamos los beneficios que traerá este acuerdo para ambos países.
 
 
 
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) suscribió un convenio con la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, con el propósito de promover la cooperación con dichas instituciones y fortalecer el desarrollo de las mejores prácticas internacionales en materia de libre competencia.
 
El convenio fue firmado en la ciudad de Washington D.C., por la presidenta de la Comisión Federal de Comercio, Edith Ramírez; la jefa de la División Antimonopolios del Departamento de Justicia, Renata B. Hesse; y el presidente del Consejo Directivo del Indecopi, Hebert Tassano Velaochaga.
 
 
 
 
El acuerdo, ya vigente, es el resultado de más de un año de negociaciones y fue desarrollado en armonía con las legislaciones de ambos países. Destacan los siguientes ejes de cooperación:
 
1. Cooperación en la detección de actividades anticompetitivas y en la aplicación de la normativa de libre competencia.
 
2. Posibilidad de realizar consultas respecto de las actividades o la aplicación de las normas de libre competencia relacionadas con el convenio.
 
4. Reuniones constantes entre representantes de las autoridades a fin de compartir información sobre las medidas o actividades en desarrollo y sus respectivas prioridades en la aplicación de sus normas de competencia.
 
5. Protección de la confidencialidad de la información que sea intercambiada en el marco del convenio, siempre que la autoridad que remite la información lo solicite.
 
 
By JRG & PPC

Mercado espera que tasa de referencia del BCR se mantenga sin variación en junio

Decisión tomaría en cuenta la desaceleración de la inflación y y la mayor volatilidad del tipo de cambio que podría haber cuando la Fed tome la decisión de elevar su tasa clave, señaló un sondeo de Reuters.




(Reuters) El Banco Central de Reserva (BCR) dejaría estable su tasa de interés de referencia en junio ante una desaceleración de la inflación anualizada y luego que las expectativas inflacionarias se mantuvieran por encima del rango meta oficial, mostró un sondeo de Reuters.

De los 13 analistas consultados, 12 proyectaron que el BCR mantendrá en 4.25% la tasa clave en su reunión del jueves, mientras que solo Morgan Stanley estimó que la subiría 25 puntos básicos, a 4.50%.

La inflación anualizada a mayo se desaceleró a 3.54% desde 3.91% registrado en los últimos 12 meses a abril ante una disminución de los precios de alimentos claves en la canasta básica. El BCR tiene una meta de entre 1% y 3%.

“Esperamos que el BCR mantenga la tasa en 4.25% porque las expectativas de inflación se han mantenido estables para el 2016 y el 2017, mientras que la inflación observada, siguió descendiendo en su ritmo anual”, afirmó el analista senior del Departamento de Estudios Económicos del banco Scotiabank, Mario Guerrero.

Analistas mantuvieron sus expectativas de inflación en 3.4% para este año y en 2.9% para el 2017, según la encuesta de mayo del BCR.

“En términos de actividad económica, no hay espacio para elevar la tasa y por el contrario sugiere que es necesario mantener el actual estímulo monetario”, dijo el economista del BBVA, Francisco Grippa.

También indicó que el gasto privado sigue débil y la generación de empleo formal avanza lentamente.

Otro factor que pesaría en la estabilidad de la tasa de interés es una posible mayor volatilidad del tipo de cambio cuando la Reserva Federal (Fed) de Estados Unidos eleve su tasa clave ante indicios de una recuperación de su economía.

“Esto más bien sugiere que es mejor darle cierto soporte preventivo al sol es decir, mantener la tasa de política en su nivel actual”, comentó Grippa.

Sin embargo, los expertos coinciden que la inflación al cierre del año podría ubicarse ligeramente por encima del rango meta porque la economía local registra una recuperación de los sectores no primarios, como la construcción.

El Gobierno espera que la economía crezca 3.8% este año tras expandirse 3.26% en el 2015.

La autoridad monetaria dará a conocer su decisión de política monetaria el jueves a las 18:00 hora local (2300 GMT)

Las fuentes consultadas que dijeron que el banco mantendría estable el costo del crédito son: Thorne and Associates, Phase Consultores, Mizuho Securities, Itau Banco, Informa Global, Goldman Sachs, BNP Paribas, BBVA Banco Continental, Banco de Crédito, Scotiabank, Bank of America, 4CAST.

By JRG & PPC

Su empleado le roba, ¿qué debería hacer para no acabar en un juicio?

Antes de tomar una decisión, las pymes deben analizar la trascendencia del daño a su empresa y valorar si han de sancionar o despedir al trabajador. Para ello, es importante recabar pruebas.






Que un empleado robe dinero en efectivo de la caja, se adueñe de materias primas que no le pertenecen y permita que sus amigos coman y beban gratis en el restaurante en el que trabaja son prácticas cada vez más habituales en el ámbito comercial. “Lo lamentable es que los obreros lo ven como algo normal”, sostiene el socio fundador de RB Asesores, Fernando Ruiz-Beato, quien indica que “muchas firmas ya destinan parte de su presupuesto a posibles desvíos”.

El robo se considera una falta grave y, por tanto, una conducta sancionable, según tipifica el Código Penal. Es decir, supone una transgresión de la buena fe contractual. Pero, ¿cómo debe actuar una pequeña y mediana empresa si sospecha que su empleado se apropia de bienes de la compañía?

La firma puede castigar o despedir al trabajador. En cualquier caso, el directivo tendrá que demostrar la realidad de los hechos con pruebas fehacientes porque es el juez el que determina si son válidas. “En la mayoría de los casos, esta autoridad estima que son débiles o insuficientes. Por eso, cuantas más se aporten, mejor”, advierte el profesor de ESIC, Daniel Patricio Jiménez.

Antes de tomar una decisión, “las pymes deben analizar la trascendencia del daño que puede causar en la imagen de su organización y si el fraude se produce de forma sistemática”, explica Jiménez. Así, no es lo mismo robar 30 euros que 300, tampoco tiene el mismo efecto apropiarse de bienes ajenos en un restaurante que en una entidad bancaria.

Además, habrá que valorar qué supone para la compañía despedir o relegar de posición al sospechoso trabajador. Por ejemplo, se puede dar el caso de que un empresario tenga pruebas suficientes de que uno de sus empleados le roba 20 euros todos los días de la caja de las propinas. Ante esta situación, el directivo ha de determinar si le compensa o no echarlo, porque es posible que el beneficio que consigue para la empresa, por su gran desempeño, sea más alto que el que ésta pierde con su mala conducta.

No existe un procedimiento universal, ya que cada caso es diferente. Lo más importante es recabar pruebas válidas, aunque sin atentar contra la intimidad de las personas. De lo contrario, es inoportuno sancionar y el despido se considera improcedente, lo que implica el pago de una indemnización. “La investigación debe ser rápida y discreta para que el problema no se eternice”, avisa el profesor de Ética Empresarial del IESE, Joan Fontrodona.

Buscar testigos
Identificar personas que den su testimonio de los hechos ocurridos es una forma de averiguar la conducta de un empleado en concreto. El directivo puede acudir y entrevistar a los encargados e incluso a otros compañeros de trabajo para obtener más datos.

Recopilar información
Compilar documentos relativos a la actividad que desempeña la empresa es otra alternativa. Las facturas, un descuadre de caja, un albarán firmado y no entregado o un desajuste del número de existencias son pistas que pueden servir para examinar una posible falta grave.

Instalar videocámaras
“Es el mecanismo de control más efectivo”, garantiza Ángela de Miguel, socia y directora de Negotia Abogados, quien explica que “en la actualidad se puede grabar a los empleados y a los clientes sin previo aviso, basta con tener una pegatina de información en el establecimiento”. Esta nueva doctrina, aplicada por el Tribunal Constitucional desde marzo, se estableció a raíz de un asunto que tiene como protagonista a una empleada de Bershka que robó dinero en efectivo. Las cámaras de videovigilancia sirven para controlar la caja, el almacén y la entrada y salida de personas, entre otros movimientos.

Contratar un detective privado
Otra opción es emplear los servicios que ofrece esta figura para detectar el presunto fraude dentro la firma.

Aplicar nuevas tecnologías
Utilizar determinados programas informáticos, como por ejemplo de inventarios, ayuda a controlar las existencias del producto y, por tanto, a vigilar posibles desvíos en las ventas.

Una segunda oportunidad
Una vez recopiladas una serie de pruebas y antes de tomar la decisión final, “el empresario debe abrir una instrucción de expediente”, afirma el profesor de ESIC, Daniel Patricio Jiménez. Es decir, ha de dar al empleado una oportunidad para que se exprese y se justifique sobre lo ocurrido.

A partir de este momento, el directivo tiene que valorar la conducta del trabajador para determinar qué acción va llevar a cabo. El Código Penal recomienda que el despido sea la última opción. Así, existen numerosas alternativas.

Primero, advertir al empleado, por escrito o mediante una conversación, para que ejecute correctamente sus funciones y no vuelva a repetir una mala conducta. Segundo, relegarlo de posición. Por ejemplo si es encargado, bajarlo de puesto. Tercero, ofrecerle la baja voluntaria para evitar un procedimiento penal. Cuarto, sancionarlo con una bajada de sueldo durante un período de tiempo determinado. Evidentemente, en todos estos supuestos ha de haber un mutuo acuerdo. El empleado reconoce su error y acepta el castigo.


By jrg & PPC

Declaración de predios

Concepto de declaración de predios



• Es una Declaración informativa exigida anualmente por la SUNAT a las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC. • El concepto de predio abarca cualquier tipo de terreno rústico o urbano, casa, departamento, cochera o depósito

OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE PREDIOS
OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE PREDIOS

• Cada cónyuge de la sociedad conyugal con separación de patrimonios, domiciliado o no en el país, inscrito o no en el RUC, siempre que: a) Sea propietario de dos o más predios cuyo valor total sea mayor a S/. 150,000, o b) Sea propietario de un predio o más, siempre que el otro cónyuge de la sociedad conyugal también sea propietario de al menos un predio y la suma de todos los predios sea mayor a S/. 150,000.

NO OBLIGADAS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE PREDIOS

• Las personas naturales y los cónyuges con régimen de separación de bienes patrimoniales que sean propietarios (entre los dos) al 31 de diciembre de cada año únicamente de hasta tres predios comprendidos en el régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común siempre que sean destinados uno a vivienda, otro a cochera y el tercero a depósito y se encuentren ubicados en una misma edificación.

MEDIOS PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO



by JRG & PPC