La Sunat no podrá multar la primera infracción que cometan las mypes

FUERZA POPULAR CONSIDERA QUE LAS MULTAS SE VOLVIERON UNA FORMA DE RECAUDACIÓN

La Sunat no podrá multar la primera infracción que cometan las mypes

La ley aprobada por el pleno del Congreso de la República, precisa que cuando una micro o pequeña empresa incurra en infracción tributaria por primera vez, deberá ser capacitada. 

Uno de los principales cuestionamientos de las micro y pequeñas empresas (mypes) al trabajo de la Superintendencia de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), es que suele ser implacable con los errores que come-ten este tipo de compañías y terminan multándolas.
Esta situación podría comenzar a cambiar, ya que el Congreso de la República aprobó una ley que impide que la Sunat multe la primera infracción que cometan las mypes y que en lugar de tener una actitud punitiva, se priorice la capacitación, que la norma denomina “alertas educativas”. 
“El gran problema de in-cumplimiento de las normas no nace por una inten-cionalidad por parte del emprendedor, sino que funda-mentalmente radica en el desconocimiento de la norma”, explicó el congresista, Miguel Torres,  autor de la norma.

Es así que si una mype incurre en una primera infracción, podrá sustituir el decomiso de su mercadería, la multa, cierre de local u otra acción sancionadora, por una capacitación en la que se explique cuáles son las normas que tiene que cumplir para que no vuelva a incurrir en la misma falta la siguiente vez.

Tratos diferentes
La norma precisa un trato distinto de este beneficio tan-to para la micro y pequeña empresa. 
En el caso de microempresas, que son aquellas que tienen ventas anuales de hasta 150 unidades impositivas tributarias (UIT), recibirán capacitación la primera vez que incurran en infracción de cada una de las seis faltas previstas en el Código Tributario. 
Es decir, podrían recibir seis capacitaciones diferentes por cada una de las infracciones que son por incumplir  inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción; emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos; llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos; presentar declaraciones y comunicaciones; permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma u otras obligaciones tributarias. 
En cambio, las pequeñas empresas solo tendrán derecho a una capacitación, qué será a la del tipo de infracción que cometa por primera vez, de las seis mencionadas. 
Costo
Según Torres, para muchos fiscalizadores de la Sunat, “las multas se volvieron una forma de recaudación”. Es por ello que con la aplicación de esta ley, las mypes podrían dejar de pagar cerca de S/ 500 millones al año, que fue lo registrado en el 2015 (ver gráfico).




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