Asesoría Administrativa

Nuestro objetivo primordial, es brindar el asesoramiento adecuado para creacion de marca y fuerza de venta para el buen manejo de su institución.

Asesoría Contable

Con nuestra asesoría, usted estará informado constantemente para brindarle toda la información necesaria para el buen manejo de su institución..

Asesoría myPE

Servicio al sector emprendedores Mype en la forma mas integral.

Admnistración de Planillas

Elaboración, calculo y procesamiento de las planillas de remuneraciones, todo bajo la mas absoluta confidencialidad.

Outsourcing Administrativo Contable

Tiene como objetivo focalizar los esfuerzos en las actividades estratégicas en el negocio para las mypes y pymes.

Como registrar tu empresa en - REMYPE

1.- Debe ingresar a la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: http://www.trabajo.gob.pe en el link “Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE”, ingrese desde AQUÍ.





2.- Se abrirá una ventana, donde debe ingresar el RUC, Usuario y Clave SOL.



3.- Se abrirá una ventana, donde debe ingresar el RUC, Usuario y Clave SOL, En caso que la carga demore o tenga problemas, ingrese AQUÍ.





4.- Aquí se abrirá una pantalla de color azul, donde debe dar click en el “Módulo de Registro de la MYPE”, como se visualiza en la siguiente pantalla:





MÓDULO DE EMPRESAS:
Llenar la solicitud virtual con los datos correspondientes a la empresa y al (los) trabajador (es); dicha solicitud consta de 3 pasos:


1.- REGISTRO DE LA EMPRESA
Los datos de la empresa referidos a la razón social, actividad económica, fecha de inicio de actividades y domicilio fiscal son proporcionados por la base de datos de la SUNAT, el mismo que consigna información de manera automática.
Debe ingresar la siguiente información:
  • Dirección real de la empresa, sólo en el caso que sea diferente a la dirección fiscal.
  • Indicar la modalidad / Tipo de Contribuyente.
  • En el caso del Representante Legal, deberá ingresar el número del DNI, y dar click en el recuadro rojo (validación en línea con RENIEC), luego deberá ingresar información del teléfono, fax, correo electrónico, domicilio, tipo de Seguro (ESSALUD / SIS) y tipo de régimen pensionario (ONP / AFP indicar cuál) e indicar si es trabajador o no.





2.- REGISTRO DE TRABAJADORES
Datos de la empresa, provienen del formulario anterior Paso 1.
Datos del trabajador (es):
  • Ingresar el número del DNI, y dar click en el recuadro rojo (validación en línea con RENIEC), aquí cargará automáticamente el apellido paterno, materno y nombres, la fecha de nacimiento, género y discapacidad.
  • Tipo de contrato (seleccionar la opción según corresponda al trabajador).
  • Ocupación (seleccionar la ocupación según corresponda de las opciones mostradas en el sistema).
  • Tipo de Régimen Laboral (especial / general).
  • Tipo de Seguro (ESSALUD / SIS.)
  • Tipo de Régimen Pensionario (ONP / AFP, indicar cuál).
  • Trabajador es socio (Si o No)
  • Trabajador es familiar de socio (Si o No)
  • Número de Teléfono y Correo Electrónico.







Si el trabajador cuenta con derecho habientes (cónyuge e hijos), deberá ingresar la información correspondiente:






Asimismo, la MYPE debe ingresar información de los socios de su empresa:





3.- FIN DEL REGISTRO
Debe dar click en los recuadros de “sí acepto” y “acepto y declaro”, y la solicitud virtual se remitirá al sistema del REMYPE.







MÓDULO DE JUNTAS DE PROPIETARIOS:
Las juntas de propietarios están constituidas por todos los propietarios de las secciones de propiedad exclusiva de las edificaciones en régimen de propiedad horizontal o condominio, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27157 y el Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA.
De acuerdo a estas normas, se considera Junta de Propietarios a:
  • Edificios de departamentos.
  • Quintas.
  • Casas en copropiedad.
  • Centros y Galerías Comerciales o Campos Feriales.
Por otro lado, el D.S.Nº 008-2008-TR (artículo 65º), señala que para acogerse al régimen laboral de la microempresa, las juntas de propietarios, asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos en régimen de propiedad horizontal o condominios habitacionales deben solicitar su inscripción en el REMYPE.
DEL REGISTRO:
Ingresar al “Módulo de Registro de Junta de Propietarios” y seguir los Pasos del 1 al 4 del registro en el REMYPE.








REQUISITOS:
Luego de haber llenado la información requerida, debe cargar información en archivos PDF:
  1. Copia del Libro de Actas, donde conste la elección del Presidente de la Junta.
  2. Relación de los trabajadores que prestan servicios en común de vigilancia, limpieza, reparación, mantenimiento.
  3. Planilla de trabajadores.
NOTA: Si la Junta no carga estos 3 archivos en PDF, no se dará trámite a su solicitud













Sabias que el 87% de emprendimientos en Perú nacen por necesidad y la mitad no reciben créditos

La asesoría financiera a los emprendedores les permite identificar otros proyectos para hacer crecer sus negocios, dijo Ana María Zegarra de Mibanco.




Paracas.- En el Perú, el 87% de los emprendimientos inician por necesidad, lo que significa que el empresario tiene que generar su autoempleo para el sustento de su familia, señaló Ana María Zegarra, gerenta general adjunta de Mibanco.

“Ya desde que nacen lo que tienen es esta situación de precariedad, el 84% son de subsistencia y casi la mitad nunca han obtenido un préstamo bancario”, dijo durante su participación en CADE 2015.

Agregó que ello implica una exclusión de estas personas y por eso las microfinanzas son una herramienta para lucha contra esta situación.

“Lo que se generar a partir de esa primera oportunidad que les da el acceso a un crédito es que el asesor permite ir identificando proyectos para que el emprendedor crezca en el negocio y este crecimiento se da a partir de la articulación que se verifica en otros negocios que sí son formales”, comentó.

Indicó que un emprendedor que accede a su primer crédito bancario puede demorar hasta 15 meses en formalizar su empresa y obtiene su RUC.

“Más de la mitad aseguran que su situación de informales es solamente temporal”, anotó.

Sin embargo, manifestó que el esquema tributario es poco atractivo para la formalización de las empresas, ya que pasar del régimen del RUS al RER le impacta en un tercio de pérdidas de su renta neta.

“Y pasar del RER al régimen general significa una pérdida de más de la mitad, y eso nos señala una real causa o problema de la informalidad que se comparte también en otros países de la región”, anotó.

Sunat optimiza devolución de impuestos

Entre enero y abril el monto devuelto por el ente recaudador, tanto en Tributos Internos como Aduanas, sumó S/ 6.2 millones, cantidad superior en 55% al monto devuelto en similar periodo del 2015.





La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, como parte de las acciones implementadas para facilitar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, viene optimizando el sistema de devolución de impuestos reduciendo los plazos y mejorando la atención de las solicitudes presentadas por empresas y personas naturales.

Así entre enero y abril el monto devuelto, tanto en Tributos Internos como Aduanas, sumó S/ 6.203 millones, cantidad superior en S/ 2,200.79 millones (55%) al monto devuelto en similar periodo del 2015 (S/ 4,002.21 millones).

En el caso de la devolución del impuesto a la renta de personas naturales, cuyo plazo legal de atención es de 45 días hábiles, se vienen atendiendo en 18 días hábiles, en promedio, habiéndose devuelto a un total de 85,123 contribuyentes por un monto total de S/ 105 millones, mientras que en el mismo período del 2015, se atendieron 49,986 solicitudes por un monto de S/ 73 millones, es decir ahora se atienden más solicitudes en menor tiempo.

Dentro de los conceptos que en el presente año han incrementado el monto de las devoluciones en general, destaca el correspondiente al saldo a favor del exportador por un monto S/ 3,326 millones en 1,771 solicitudes, registrándose un crecimiento del 28% respecto a los S/ 2,592 millones devueltos entre enero-abril 2015. Cabe destacar que el 90% de las solicitudes por tal concepto se vienen atendiendo en los 5 primeros días de presentada la solicitud, mejorando el 78% que se registraba en el 2015.

Otro concepto por el cual se ha incrementado el monto de devoluciones es la recuperación anticipada del IGV, y así se tiene que entre enero – abril del 2015 se devolvió S/ 179 millones, en tanto en el mismo período del 2016 se han devuelto S/ 1,383 millones lo cual representa un crecimiento de 673%, contribuyendo con devolver el IGV pagado, según lo establecido en las normas tributarias.


En lo que se refiere al drawback, se registró una reducción en los tiempos de atención de las solicitudes del orden de 33% (de 3 a 2 días hábiles). El monto restituido llegó a S/ 225.8 millones, atendiéndose un total de 7,312 solicitudes.



Afiliados a ONP podrían ir a una AFP con todos sus aportes

La Comisión de Economía aprobó un proyecto de ley que permitiría que los aportantes a la ONP no pierdan sus aportes


A la fecha, los afiliados a la ONP que querían hacer este cambio debían aplicar a uno de los tres bonos de reconocimiento: 1992, 1996 y 2001 para poder irse con algo de sus aportes, cuyo tope era de S/60.000. (Foto: Archivo El Comercio)

La Comisión de Economía del Congreso aprobó esta mañana por mayoría un proyecto de ley que permitiría que los afiliados a la ONP que decidan trasladarse a una AFP puedan hacerlo con todo el dinero de sus aportes realizados.

El único artículo del proyecto dice esto: "Reconócese el derecho que tiene todo afiliado incorporado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) a percibir sus aportes que hayan efectuado al sistema nacional de pensiones (ONP), a través  de un bono de reconocimiento que se hará efectivo y depositará en su cuenta individual de capitalización de manera inmediata a su solicitud".


A la fecha, los afiliados a la ONP que querían hacer este cambio debían aplicar a uno de los tres bonos de reconocimiento: 1992, 1996 y 2001 para poder irse con algo de sus aportes y cuyo tope era de S/60.000. 

Y para aquellos que se habían afiliado luego del 2001 existía el impedimento legal para llevar un solo sol de sus aportes a alguna AFP.

"Es muy injusto para los afiliados para la ONP. Si aportaron durante 10 años y quieren irse al Sistema Privado de Pensiones (SPP) debían buscar acceder a un bono, y si no lo hacían se iban si un sol", dice el congresista Jaime Delgado a El Comercio.

Delgado indica que tras su aprobación por mayoría, este proyecto debe ser discutido en el Pleno del Congreso para su promulgación, pero considera que será muy complicado el día de mañana. "Todavía este Congreso puede aprobarlo, tenemos todavía una semana", añade.

NO AL PASE MASIVO A LAS AFP

El congresista descartó que esta ley contribuya a una migración masiva de afiliados a la ONP hacia las AFP. A suentender, la mayoría de los nuevos afiliados han optado mayoritariamente por el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

"Las personas con un sueldo mayor a la remuneración mínima optan por una AFP porque tienen un fondo individual y su pensión va acorde a ello. En cambio, los que tienen un menor sueldo optan por la ONP porque aquí hay una pensión mínima", sostuvo.

Finalmente, Delgado indica que esta ley le dará libertad a los aportantes a decidir en qé sistema quieren estar y contar con todos sus aportes. "Si les descuentan 13% en la ONP y luego quiere pasarse a una AFP, lo lógico es que se vaya con sus aportes", finaliza.