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Será obligatorio tener comprobantes electrónicos para acceder a deducciones adicionales en pago de IR

Administración tributaria fija condiciones. Contribuyentes podrán consolidar electrónicamente en un archivo personalizado todos sus comprobantes.



Se estima que un millón y medio de trabajadores dependientes e independientes con ingresos de cuarta y quinta categoría podrán beneficiarse con la deducción adicional de gastos para el pago del Impuesto a la Renta si presentan comprobantes electrónicos. Con ese fin la Sunat publicará hoy una resolución que permitirá acceder a esa deducción adicional de 3 UIT. Justamente, para hacer un mejor control de los gastos de las personas naturales desde el primero de julio, la administración tributaria obligará a los nuevos contribuyentes a la utilización de comprobantes de pago electrónicos.

¿Qué pasa con los servicios del primer semestre?

Para los servicios realizados desde el 1 de enero hasta el 30 de junio del 2017, el fisco considera que los profesionales independientes deberán de realizar una declaración por cada mes que se hayan emitido recibos físicos. Si se envía más de una declaración de un mismo mes, se considera que la última enviada sustituye a la anterior. Si se envía vencido el plazo se considerará como una declaración rectificatoria. De otro lado, cuando el propietario del inmueble sea una persona natural, el pago para realizar las deducciones deberá considerar el formulario 1683, y no a través de recibos simples o declaraciones juradas.

Cuatro tipos de gastos que te sirven para deducir tu Impuesto a la Renta

La norma será aplicable para los pagos que correspondan al alquiler de inmuebles, intereses del crédito hipotecario de primera vivienda, aportaciones a Essalud por contratación de un trabajador del hogar, servicios prestados por médicos, odontólogos, abogados, analistas de sistemas y computación, enfermeras y arquitectos. Asimismo, formarán parte de la deducción adicional los gastos que se realicen por la contratación de un entrenador deportivo, fotógrafo y operador de cámara, cine y televisión, nutricionista, tecnó- logo médico, servicios veterinarios, obstetra, psicólogo, ingeniero y hasta los servicios de los intérpretes y traductores. Por ejemplo, se podrá deducir hasta el 30% de lo que paga un contribuyente por el alquiler de un inmueble y el 100% del interés bancario de un préstamo hipotecario para primera vivienda. 





Condiciones 

La norma de la administración tributaria establece que los servicios que presten profesionales, técnicos entre otros, deberán ser cancelados mediante el sistema de bancarización, sin importar el monto. También para que la operación se considere válida el emisor del comprobante de pago no deberá encontrarse de baja en el RUC ni tampoco tener condición de no habido. Otra consideración a tener en cuenta es que las empresas que presten el servicio de arrendamiento solo podrán emitir comprobantes de pago hasta el 30 de junio. La información de los servicios por honorarios profesionales emitidos de manera física se deberá enviar a través de la Sunat Operaciones en Línea (SOL) con clave y código de usuario. La Sunat desarrollará un aplicativo que permita a los contribuyentes consolidar electrónicamente a través de un archivo personalizado, todos los comprobantes que posteriormente se utilizarán para sustentar la deducción adicional del próximo año.



Fuente:Diario Gestión

Próximo 31 de Julio vencerá el plazo para bajar hasta en 90% las deudas Sunat


Las deudas originadas por el pago del Impuesto a la Renta, IGV, ISC, Impuesto Especial a la Minería, Aranceles y otros, podrán acceder al Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias (Fraes) si se generaron entre los años 2012 y setiembre del 2016; y las empresas con ingresos menores a S/ 9.08 millones.

Las deudas originadas por el pago del Impuesto a la Renta, IGV, ISC, Impuesto Especial a la Minería, Aranceles y otros, podrán acceder al Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias (Fraes) si se generaron entre los años 2012 y setiembre del 2016; y las empresas con ingresos menores a S/ 9.08 millones.

La deuda es la que se encuentra en litigio con la Sunat a través de reclamaciones, apelaciones al Tribunal Fiscal, vía judicial o en cobranza coactiva. Sin embargo, solo se podrán acoger hasta el 31 de julio del 2017.

El Fraes incluye un descuento sobre intereses y multas de la deuda de hasta 90% en montos menores a S/ 395,000; 70% para cifras de hasta S/ 7.9 Las deudas originadas por pago de Impuesto a la Renta, IGV, ISC y otros entre el 2012 y el 2016 en empresas con ingresos menores a S/ 9.08 millones podrán acceder al descuento especial. 

Las condiciones El rango del monto de la deuda con el fisco incluye a toda las cifras impugnadas y/o en cobranza coactiva. Es decir, el descuento se obtiene al cancelar el tributo insoluto y los intereses y multas no descontados. Asimismo, se suspenderá todo tipo de cobranza coactiva desde la presentación del acogimiento hasta que se resuelva la solicitud

El pago El acogimiento al Fraes permite cancelar la deuda al contado al momento de presentar la solicitud virtual en la Sunat; el acceso al bono de descuento es inmediato. En esta forma de pago existe un descuento adicional de 20% que se aplica sobre el saldo luego de aplicado el bono de descuento.


También el pago puede ser fraccionado hasta en 72 cuotas mensuales iguales, que no podrán ser menores de S/200, excepto la última cuota (que será sobre la diferencia a cancelar). La tasa de interés mensual será de 50% de la Tasa de Interés Moratorio. Las cuotas vencidas o pendientes de pago de los contribuyentes podrán ser cobradas coactivamente por Sunat (mediante órdenes de pago de cuotas), y si el contribuyente acumula tres o más cuotas vencidas se procederá a cobrar la totalidad de la deuda (a través de órdenes de pago por el saldo).

Exclusiones No se incluyen dentro del benefi cio de reducción de deudas con el fi sco las relacionadas con las aportaciones a la ONP y Essalud; la incluida en alguno de los procedimientos concursales en el Indecopi por razones de insolvencia y similares y respecto a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta realizados en el ejercicio 2016. De otro lado, no accederán al beneficio las personas naturales con sentencia condenatoria vigente por delito tributario o aduanero. Tampoco los representantes de empresas que por haber actuado en calidad de tales, tengan sentencia condenatoria vigente por delito tributario o aduanero, y las empresas que al 30 de setiembre del 2016 tengan contrato de estabilidad con el Estado. Finalmente, se excluye a las deudas de las pequeñas y medianas empresas (pymes) que superan los umbrales de ingresos (2012-2016) y que concentran los mayores montos en litigio con Sunat. 




Fuente  Gestion.pe


 

Usuarios podrán realizar trámites vía internet con 'Sunedu en línea'

Desde cualquier parte del país y el extranjero mediante la página  https://enlinea.sunedu.gob.pe. Institución presentó “Sunedu en línea” para recoger las dudas de los estudiantes, padres y profesores.

A fin de fortalecer las políticas de modernización y buen uso de tecnologías de la información en los servicios del Estado, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) presentó “Sunedu en línea”, nueva plataforma que agrupa los servicios digitales que brinda la institución a los ciudadanos.

Este sistema permitirá a los usuarios, desde cualquier computador con Internet y sin gastar en traslados a la capital, tramitar la constancia de inscripción en línea de la Sunedu, recibir la preevalución de reconocimiento de grados y títulos del extranjero, ingresar al módulo de Denuncias en línea, entre otros servicios a los cuales solo se accedía de forma presencial.

La presentación y puesta en marcha de “Sunedu en línea” contó con la presencia de la titular del Ministerio de Educación (Minedu), Marilú Martens; la directora de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (Ongei), Lieneke Schol; la superintendente de la Sunedu, Lorena Masías; el gerente general (e) del Banco de la Nación, Pietro Malfitano, y la gerente de Productos de Visanet Perú, María Eugenia Miranda.

“Con esta iniciativa buscamos facilitar los trámites al usuario. “Sunedu en línea” está al alcance de cualquier ciudadano con acceso a Internet y es fruto de la labor en conjunto de instituciones aliadas, trabajando por y para los ciudadanos. Queremos ofrecer una experiencia positiva, y esto es tan solo el principio”, remarcó la titular Lorena Masías.

El primer servicio ofrecido por la Sunedu en Internet fue la Constancia de Inscripción de grado o título en línea, en respuesta a las necesidades de los egresados que gastaban cientos de soles para viajar a Lima y obtenerlo. La labor conjunta entre de la PCM, Sunedu, Banco de la Nación y Visa Net Perú hizo posible que el trámite virtual se ofrezca al público a tan solo S/ 9.00.

En su primer mes de operaciones, este servicio generó más de 3,800 constancias de inscripción, representando 42% del total de constancias de inscripción emitidas en febrero. Y en el mes pasado se generaron más de 8,500 constancias, es decir, 58% del total de constancias emitidas, superando a las solicitadas de manera presencial.

Los servicios

La Sunedu, además de las constancias de inscripción de grados y títulos, ofrecerá la preevaluación en línea de documentos para el reconocimiento de estudios realizados en el extranjero y el acceso al Registro Nacional de Trabajos de Investigación (Renati), que alberga los trabajos realizados para optar por grados académicos y títulos profesionales. 

La nueva plataforma también permitirá que cualquier miembro de la comunidad universitaria ponga en conocimiento de la Superintendencia hechos que impliquen una infracción a lo establecido en la Ley Universitaria, mediante Denuncias en línea.

Finalmente, el sistema alberga el Registro de Infractores y Sanciones, servicio en línea que ofrecerá información de todas las universidades del Perú para que los estudiantes tomen mejores decisiones sobre su futuro académico y profesional.

Desde hoy independientes sólo deberán emitir recibos por honorarios electrónicos

Sábado, 01 de abril del 2017


Si bien desde el 2015 aplica esta obligación al prestar servicios a empresas, desde hoy también deberán emitir recibos electrónicos al prestar servicios a las personas, informó la Sunat.


Sunat Smartphone

Desde hoy 1 de abril, los trabajadores independientes que brinden servicios a personas o empresas o instituciones deberán emitir solo sus recibos por honorarios electrónicos, así lo sostiene la Sunat.

Si bien desde el 2015 aplica esta obligación al prestar servicios a empresas, desde hoy también deberán emitir recibos electrónicos al prestar servicios a las personas.

“Para emitir el recibo por honorarios electrónico, el trabajador independiente debe contar con su número de RUC vigente. El trámite es gratuito en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente, tan solo deberá exhibir su documento de identidad actualizado”, sostiene.

La emisión electrónica de los recibos por honorarios se puede hacer a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL), ingresando al portal www.sunat.gob.pe, con su Código de Usuario y Clave SOL, seleccionando la opción “Sistema de Emisión Electrónica” o desde un smartphone con el APP Sunat.

“Es importante recordar que existe la obligación de registrar el pago que le hubiesen efectuado por los servicios prestados; por otro lado, se ha eliminado la obligación de llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o electrónico, reduciendo con ello esta exigencia que debía cumplir el trabajador por la prestación de sus servicios”, señala la Sunat.

Beneficios del Recibo por Honorarios Electrónico, según la Sunat:

1) Pueden enviarse o reenviarse de forma inmediata por correo electrónico.
2) Ya no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3) Se emiten con facilidad y rapidez.
4) Facilita el control de ingresos.
5) Se emiten y consultan desde cualquier lugar, a cualquier hora del día.


By Puma.